DERECHOS DE LOS EXTRANJEROS EN ESPAÑA

Actualmente el Ordenamiento Jurídico Español distingue entre dos clases de Extranjeros:

* Extranjeros Comunitarios o Ciudadanos de la UE

En virtud de la ratificación de España del Tratado de la Unión Europea de Mastrich, los nacionales de los países pertenecientes a la UE poseen el derecho :

- A ESTABLECERSE LIBREMENTE EN EL TERRITORIO ESPAÑOL ( Residencia )

- TRABAJAR EN IGUALDAD DE CONDICIONES QUE LOS ESPAÑOLES

- HOMOLOGACIÓN PROFESIONAL Y DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS QUIERE PARA EJERCER TU PROFESIÓN ( médico, arquitecto, ingeniero, maestro, enfermero, diseñador, dentista....etc. )

Estos derechos inherentes a los ciudadanos de la Unión Europea pueden ser ejercitados por el Abogado del interesado previa instancia ante los Órganos correspondientes de las Administraciones del Estado Español.

* Extranjeros nacionales de Terceros Países
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