Actualmente el Ordenamiento Jurídico
Español distingue entre dos clases de Extranjeros:
* Extranjeros Comunitarios o
Ciudadanos de la UE
En virtud de la ratificación de España
del Tratado de la Unión Europea de Mastrich, los nacionales de los
países pertenecientes a la UE poseen el derecho :
- A ESTABLECERSE LIBREMENTE EN EL
TERRITORIO ESPAÑOL ( Residencia )
- TRABAJAR EN IGUALDAD DE CONDICIONES QUE
LOS ESPAÑOLES
- HOMOLOGACIÓN PROFESIONAL Y DE TÍTULOS
UNIVERSITARIOS QUIERE PARA EJERCER TU PROFESIÓN ( médico,
arquitecto, ingeniero, maestro, enfermero, diseñador,
dentista....etc. )